Multas: 10 cosas que debes saber

Alvaro Avilés     2 enero 2020     5 min.
Multas: 10 cosas que debes saber
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Las multas son unas incómodas compañeras que a su vez ayudan a mejorar la seguridad en las carreteras, por lo que te contamos 10 cosas que debes saber

A nadie le gustan las multas de tráfico, pero parece claro que la vigilancia en las carreteras reduce la siniestralidad en las carreteras. Todos los conductores sabemos que si excedemos los límites de velocidad, nos arriesgamos a ser retratados por un radar. Hay varios tipos, por lo que te recomendamos que te pases por DrivingEco para conocer todos los tipos de radares que controlan y multan en las carreteras españolas.

También conocemos el peligro de beber al volante, y es que además de saber que es uno de los principales motivos de accidente, nos arriesgamos a encontrarnos con un control de alcoholemia.

Un dato preocupante es que el móvil es la principal causa de distracción al volante en las carreteras, por lo que la DGT ha doblado el castigo en este caso: seis puntos y 200 euros de multa. Con todo esto, se consigue un mejor comportamiento en las carreteras.

Sin embargo, hoy nos vamos a detener en algunas preguntas que debes saber en caso de que te pongan una multa:

10 preguntas que debes saber sobre las multas

1.- ¿Tienen presencia los márgenes de error en las multas?

Radares Google Maps (1)

El margen de error de los radares debe aplicarse en todas las multas de velocidad. Cuidado con esto, y es que a la velocidad que aparece en la carta que nos llega a casa hay que restarle el porcentaje establecido para cada radar. Hace unos meses te explicamos cuál es el margen de error de los radares, por lo que en caso de aplicarlo y que tu velocidad sea menor al límite del tramo en el que te han multado, debes recurrir la multa, puesto que te habrían sancionado injustamente.

2.- Llevo carga de forma indebida en el coche, ¿Pueden multarme?

Transportar fuera del maleteroLa carga en el vehículo tiene que estar siempre bien colocada para evitar su caída a la carretera o la proyección de la misma en caso de accidente. Por lo tanto, el conductor es el responsable de mantener los bultos en una posición adecuada y, en caso de no hacerlo, será sancionado.

3.- ¿Pueden multarme dos veces por lo mismo?

multa de tráfico

No puede sancionarse a un conductor por una misma conducta repetida. En este caso se aplica la ley del “delito continuado”, aunque sí que se denuncia la misma acción si se produce en momentos y lugares distintos.

4.- Me he dejado el carnet de conducir en casa, ¿Pueden ponerme una multa?

Cuando nos montamos en el coche, debemos llevar siempre el permiso de conducir o, en su defecto, una copia compulsada del mismo. No vale con llevar el DNI, puesto que este identifica al conductor pero no indica si posee el carnet de conducir o no. Por lo tanto, la respuesta a si pueden ponernos una multa por no llevar encima este documento es afirmativa.

5.- ¿Qué diferencias hay entre una infracción leve, grave o muy grave?

Recuperar puntos carnet

La principal diferencia entre estos tres grados son los plazos con los que cuenta la Administración para notificarlas: 3 meses en las infracciones leves y 6 meses en las de mayor gravedad. Por supuesto, también hay diferencias en los importes de la sanción: 100 euros para las leves, 200 euros para las graves y 500 euros en las muy graves. Además, las dos últimas implican la retirada de puntos.

6.- ¿Cuáles son las tasas de alcohol permitidas?

Campaña alcohol Guardia Civil

No podrán circular los conductores de vehículos o bicicletas que superen una tasa de alcohol en sangre de 0,5 gramos por litro o de 0,25 miligramos en aire, siendo esta última tasa la que comprueban en primera instancia en un control de alcoholemia.

En caso de ser un conductor novel, es decir, durante los dos primeros años desde la obtención del carnet de conducir, las tasas permitidas son de 0,3 gramos por litro en sangre o de 0,15 miligramos por litro en aire. Además, estos límites son los máximos establecidos para los conductores profesionales.

Si quieres saber cuales son las sanciones económicas y la pérdida de puntos en todos los casos, no te pierdas nuestro reportaje donde te contamos cuántos euros y puntos puedes perder.

7.- ¿Las multas quedan registradas?

multa de tráfico

Al igual que pasa con un delito, en caso de ser sancionados, nos quedarán antecedentes en el Registro de Conductores e Infractores. Esto se da sólo en caso de que la infracción sea grave o muy grave y tendrá una vigencia de 3 años desde que se tramita la sanción.

8.- Me han puesto una multa de tráfico, ¿Qué hago?

multa de tráfico

Si has abierto el buzón de tu casa y te has encontrado con esta indeseada notificación, lo primero que debes decidir es si estás de acuerdo o no. En el primer caso, debes abonar la sanción cuanto antes, puesto que de esta manera podrás beneficiarte de la bonificación por pronto pago de hasta un 50%.

9.- Y si no estoy de acuerdo, ¿Cómo recurro la multa?

En caso de no estar de acuerdo con una multa, parece claro que hay que recurrirla. Para ello, se deben presentar alegaciones o un recurso dentro del plazo concedido en la notificación que hemos recibido.

Es recomendable utilizar internet para buscar ejemplos de alegaciones para hacerte una idea de cómo se debe estructurar y cómo debemos expresarnos, y es que es más que recomendable hacerlo con lenguaje jurídico. Una vez hecho, debemos presentarlo en la dirección que se indica en la notificación o bien acudir a una oficina de correos, donde se enviará al organismo correspondiente.

¿Pueden multarte los radares por la noche?

En caso de que rechacen nuestra alegación, tendremos que elegir entre pagarla o recurrirla. En caso de ir hasta el final, necesitarás un abogado y tendrás que pagar todos los costes, por lo que dependiendo del calado de la multa y, sobre todo, del importe a pagar, nos merecerá o no la pena tirar la toalla.

10.- ¿Cuál es el plazo para recurrir una multa?

Dependiendo de la fase del procedimiento y de la notificación recibida. Los más habituales son de 15 o 20 días naturales para presentar las alegaciones y de un mes para recurrirlas. Este plazo comienza el día siguiente a la fecha en la que recibamos la multa.

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