¿Te ha puesto una multa el Pegasus? Atento, puedes recurrirla por esto

Alvaro Avilés     25 noviembre 2019     3 min.
¿Te ha puesto una multa el Pegasus? Atento, puedes recurrirla por esto
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Si te ha puesto una multa el helicóptero Pegasus de la DGT, te presentamos este recurso con el que un conductor se ha librado de una multa de 300 euros y 2 puntos del carnet de conducir

El helicóptero Pegasus de la DGT ya es un antiguo conocido en las carreteras españolas, y es que ya lleva unos años prestando sus servicios. Este conocido helicóptero de color azul y amarillo cuenta con un radar lo suficientemente potente como para poder grabar desde la altura a un conductor completando un cubo de rubik mientas conducía. Por ello, no te pierdas nuestro reportaje sobre los secretos del Pegasus.

Sin embargo, como todo dispositivo electrónico, no puede ser perfecto y puede cometer sus fallos. No es la primera vez que se pone en duda un dispositivo de la DGT, y es que la AEA puso en duda las multas por las infracciones que captan los drones de la DGT. Un conductor se ha aprovechado de estos para librarse de una multa de 300 euros y 2 puntos del carnet, te lo contamos.

Este fin de semana conocimos que el Juzgado de los Contencioso-Administrativo nº5 de Madrid ha anulado una multa de velocidad captada por el Pegasus. El motivo de la anulación fue que la cabina donde se había ubicado su radar no estaba correctamente verificada.

radares semana santaEl conductor circulaba a 138 km/h en una zona limitada a 100 km/h

La infracción tuvo lugar el pasado 5 de junio de 2018 en la carretera M-607 de la Comunidad de Madrid. Un vehículo fue “pillado” circulando a 138 km/h en un área cuya velocidad estaba restringida a 100 km/h. De esta manera, la DGT siguió el protocolo estipulado para este tipo de multas: sancionar al conductor con 300 euros y la retirada de dos puntos del carnet de conducir.

Sin embargo, el conductor decidió recurrir con éxito la multa. Según la sentencia, tanto los cinemómetros como las cajas en las que estos se alojan deben pasar unas revisiones periódicas recogidas por la Orden ITC/3123/2010.

Esta orden determina que ya no sólo los radares, sino también los cubículos donde van colocados, tienen que pasar una revisión después de haber sido reparadas o modificadas. Esto afecta a todo tipo de radares, por lo que los del helicóptero Pegasus de la DGT no se salvan.

También deben pasar una revisión periódica, al estilo de la ITV en los coches. Si no sabes cada cuánto te toca pasar la ITV, no te pierdas nuestro reportaje, pero la revisión de los radares y sus cabinas debe hacerse cada seis años.

Por lo tanto, la sentencia recoge lo siguiente: “Dado que no consta dicha preceptiva verificación de la cabina, puesto que no se ha aportado certificado alguno respecto de aquella, se debe estimar dicho motivo, anulando así la sanción impuesta al recurrente”.

El resultado también estipula que la Jefatura Provincial de Tráfico de Madrid, debe hacerse cargo de las costas procesales hasta un máximo de 200 euros. La sentencia no da como posible un recurso a la Administración, por lo que el conductor se ha librado de los 300 euros de multa y, sobre todo, de la retirada de 2 puntos del carnet de conducir.

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